Colegiación |
Obligatoriedad de colegiarse: Según se recoge en el Artículo 35 de los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de España y de su Consejo General, la Colegiación es obligatoria.
Requisitos para colegiarse: Para darse de alta en el Colegio es necesario estar en posesión del título de Ingeniero Técnico Agrícola en alguna de sus especialidades.
Documentación necesaria:
A partir del 1 de Enero de 2.010 se establece el pago de un trimestre de cuota colegial, en concepto de reingreso, para todos aquellos colegiados que hayan causado baja en el mismo y quieran volver a colegiarse.
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